Canon Digital Por Copia Privada

El nuevo canon digital fue aprobado por Real Decreto-ley 12/2017, de 3 de julio, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, en cuanto al sistema de compensación equitativa por copia privada.
Esta norma entró en vigor el 1 de agosto de 2017.
En su exposición de motivos dispone que \"se sustituye el actual modelo de compensación equitativa financiado con cargo a los Presupuestos Generales del Estado por un modelo basado en el pago de un importe a satisfacer por los fabricantes y distribuidores de equipos, aparatos y soportes de reproducción\".

Sin perjuicio de que en la consulta directa a la norma se pueda ver la totalidad de bienes que quedan sujetos al pago del canon digital, se puede avanzar que entre los bienes que general el pago del mismo están los teléfonos, ordenadores, tablet y memorias.

Hasta que se aprueben las tarifas definitivas, las estipuladas en el Real Decreto-ley son las siguientes:
  • Impresoras multifunción: 5,25 euros / unidad
  • Impresoras monofunción: 4,50 euros / unidad
  • Grabadoras de discos: 0,33 euros / unidad
  • Grabadoras de discos \"versátiles específicos o mixtos\": 1,86 euros / unidad
  • Discos no regrabables: 0,08 euros / unidad
  • Discos regrabables: 0,10 euros / unidad
  • Discos versátiles no regrabables: 0,21 euros / unidad
  • Discos versátiles regrabables: 0,28 euros / unidad
  • Memorias USB y tarjetas de memoria: 0,24 euros / unidad
  • Discos duros externos: 6,45 euros / unidad
  • Discos duros integrados: 5,45 euros / unidad
  • Tablets y dispositivos portátiles de pantalla táctil: 3,15 euros / unidad
  • Móviles: 1,10 euros / unidad

Al ser un mayor valor de adquisición del bien estará sujeto al Impuesto sobre el Valor Añadido al tipo impositivo del 21% que estará incluido en el total individual con iva de cada producto que se ha reseñado anteriormente.